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16/05/2018 | COMUNIDAD
Actos con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales por María Auxiliadora
El Intendente Jorge Nedela decretó el 24 de mayo Asueto para la Administración Pública y declaró de Interés Municipal las celebraciones programadas
El intendente Municipal de Berisso, Jorge Nedela y el cura párroco de la Iglesia María Auxiliadora, Gustavo Rubio, invitan a la comunidad a participar de las Fiestas Patronales que se desarrollarán desde el viernes 18 al jueves 24 de mayo en la Iglesia que lleva el nombre de nuestra Patrona de calle 10 entre Avenida Montevideo y 166.
Las celebraciones darán inicio el viernes 18 a las 17:00 horas, con la Adoración al Santísimo y Rezo del Santo Rosario, seguidamente a las 18:00 horas, se llevará a cabo la Celebración de la Santa Misa y luego a las 19:00 horas, dará comienzo un concierto a cargo de la Camerata de la Orquesta Escuela.
El sábado 19 a las 18:30 horas se compartirá la Santa Misa. Asimismo, el domingo 20 a las 10:00 y a las 18:00 horas, se efectuará la adoración al Santísimo y Rezo del Santo Rosario, y a las 11:00 y a las 19:00 horas, se desarrollará nuevamente la Santa Misa, también en la Parroquia. Esta última actividad se repetirá del lunes 21 al miércoles 23 de mayo, a las 17:00 y 18:00 horas respectivamente.
Como cierre de estas Fiestas Patronales, el jueves 24 a las 9:30 horas, tendrá lugar el Saludo Solemne a María Auxiliadora, en el Día de la Patrona Virgen María Auxiliadora, y posteriormente la adoración al Santísimo y Rezo del Santo Rosario. A las 17:30 se iniciará la procesión con la imagen de la Santa Virgen María Auxiliadora desde calle Nueva York y Avenida Montevideo hasta el Templo Parroquial y a las 18:30 horas, se llevará a cabo la Santa Misa de las Fiestas Patronales.

Alcances del Asueto del 24 de mayo

La Municipalidad de Berisso informa que por Resolución del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el jueves 24 de mayo se declaró día no laborable para la Administración Pública y el Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriado optativo para la industria, el comercio y restantes actividades.
Del mismo modo se aclara que se exceptúa de esta disposición a las instituciones dependientes de la Dirección General de Escuelas bonaerense, por lo cual los establecimientos escolares dependientes de este organismo deberán dictar clases.
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